Enero
constitucional
Para nadie es un secreto que el Presidente reelecto de
Venezuela Hugo Chávez Frías, viene presentando alteraciones en su salud desde
años pasados, por tal motivo y con un permiso especial otorgado por la Asamblea Nacional se vió obligado a
partir el pasado 08 de Diciembre a La Habana, Cuba para ser sometido a una
nueva intervención quirúrgica .Debemos recordar que el 10 de enero de 2013 inició el nuevo período presidencial
(2013-2019), para el que fue reelecto Chávez, quien por motivos postoperatorios
no pudo asistir a su juramentación el mismo día.
El artículo 231 de la Constitución Bolivariana
de Venezuela, es claro al establecer que el periodo presidencial se inicia el
10 de enero del primer año de cada período, el presidente electo debe
juramentarse ante la Asamblea Nacional o en una segunda instancia podría
juramentarse ante el Tribunal Supremo de Justicia con la intención de que la
fecha sea inamovible.
Por otra parte el
artículo 233 prevé que serán causas absolutas: su muerte, su renuncia o su
destitución decretada; en caso de alguna de las anteriores, el presidente de la
Asamblea Nacional tomará posesión del poder.
Motivado a la
ausencia del Presidente Chávez el 10 de Enero ante la Asamblea Nacional, la
presidenta del TSJ Luisa Estella Morales dio una interpretación de “continuidad
administrativa”, la cual expone que no es necesaria la formalidad de la toma de
posesión por ser un presidente reelecto.
Podríamos plantear
entonces una interrogante: ¿En Venezuela hay ausencia absoluta, vacío de poder
o ausencia temporal? No existe una ausencia absoluta puesto a que no hay una
junta médica que afirme o niegue la capacidad o discapacidad del Presidente
Chávez para asumir la presidencia del país, tampoco hablaríamos de vacío de
poder puesto a que por la continuidad administrativa decretada por el TSJ los
Ministros y el Vicepresidente se mantienen frente a sus cargos, estaríamos
entonces frente a una ausencia temporal, aun cuando esta no ha sido declarada
formalmente por la Asamblea Nacional y no se encuentra la presencia de la
autoridad máxima (presidente), existe un permiso indefinido otorgado por la
Asamblea Nacional.
Es
a través de la evaluación de una junta médica que exponga la salud del
presidente Chávez que se puede determinar si está capacitado o no para
continuar en el poder, sin embargo, la presidenta del Tribunal Supremo de
Justicia explicó que el mandatario tiene derecho a su privacidad y descarta la
evaluación de dicha junta.
Claudio Fermín: No cabe duda de que existe un
atentado contra la constitución.
El sociólogo y
constitucionalista, Claudio Fermín, afirmó que estamos ante la presencia de un
golpe de estado constitucional. Agregó además que la sentencia de continuidad
administrativa por la reelección es violatoria a la constitución.
“El artículo 230,
previo al 231 dice de manera clara que el período presidencial es de 6 años…
Cada período es mutuamente excluyente del otro”
“La sentencia del TSJ
es una sentencia violatoria e inconstitucional, porque está legislando en vez
de interpretar los artículos 230 y 231.La constitución de Venezuela no incluye
en ninguno de sus 350 artículos ese concepto de continuidad administrativa”.
“Es público y notorio
que hay ausencia temporal, los legisladores no pueden ir contra la realidad por
la conveniencia política”.
“No cabe duda que
aquí existe un atentado contra la constitución, hoy quienes ostentan al poder,
lo ostentan de hecho y no constitucionalmente… Sí hay un golpe de estado
constitucional”.
En conclusión, el mundo no se acabó en el 2012 y tampoco
se acabó el 10 de enero de 2013 por la ausencia del Presidente Chávez ante la
toma de posesión. La política como ciencia social, presenta cambios repentinos;
en política 2+2 no siempre es 4,puede ser 5 o
incluso 22, el mismo Aristóteles definía al ser humano como un animal
político. Del mismo modo y aunque no es lo correcto, las leyes como normas
jurídicas dictadas por una autoridad pública, pueden ser igual objeto de
interpretaciones.
¿Qué ocurrió entonces
en Venezuela después del 10 de Enero? Simplemente se inicia una nueva etapa de
un mismo gobierno reelegido por un pueblo en las elecciones del pasado 7 de
Octubre, durante 6 años más (2013-2019). Estamos además, frente a nuevas interpretaciones
de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela , motivado a las
declaraciones de varios constituyentes entre ellos, Claudio Fermín, podríamos
hablar de interpretaciones interesadas y manipuladas a la constitución por
parte del gobierno nacional a su conveniencia. Finalmente, asomar la
posibilidad de una falta absoluta no tiene cabida o al menos no en el tiempo
transcurrido hasta ahora, simplemente
queda esperar que deparan los tiempos para nuestro país, enterarnos de la salud
del presidente a través de resúmenes médicos y acatar las órdenes del
Vicepresidente Nicolas Maduro, hasta que el presidente Chávez tome posesión de
su cargo nuevamente; así la sociedad que hace 14 años se volvió dependiente de
un líder y parte de un sistema político, las misma que el 7 de Octubre lo
reeligió vive ahora un Chavismo sin
Chávez.
Yennifer
Torres CI.21.623.534
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