Refugio por un ratico o para Siempre
Algunos damnificados piensa que estando en los refugios
van a conseguir viviendas, mientras otros no son tan optimistas.
Se tiene por conocimiento general que un refugio es un
espacio creado artificialmente por el hombre, con el propósito de protegerse de
posibles peligros. Este pequeño fragmento deja claro lo que es un refugio; para
que se utiliza y aunque no lo deje claramente en el concepto, debe utilizarse
por poco tiempo y siempre que exista una necesidad o situación eventual.
Al parecer en
Venezuela este conocimiento no parece estar muy claro, ya que desde el año 1999
se han presentado en todo el Territorio
Nacional, múltiples fenómenos naturales dejando perdidas de enseres, viviendas
y en varias ocasiones la de los seres queridos. Por tal razón el Gobierno ha
tratado de darle solución ha esta problemática a través de los “Refugios
Dignos” como las autoridades gubernamentales lo llama. Estos espacios se pueden
encontrar en: Unidades Educativas, Entes Gubernamentales entre los que podemos
mencionar: Ministerio, Palacio Presidencial, Asamblea Nacional y otros; los
cuales sirven de resguardo a los huéspedes venezolanos que han quedado en la
calle. Tal es el caso de Fraimar Rodríguez, damnificada del Barrio Buenos Aires
del Km. 7 del Junquito, la cual perdió su vivienda debido a las intensas
precipitaciones del 2010, y perdiendo su casa por completo, luego fue llevada a
un hotel ubicado en Plaza Venezuela conocida como La Calle de Los Hoteles en donde recibe las 3 comidas
a diario, artículos personales y ayuda
monetaria.
Los damnificados son personas vulnerables los cuales a
través de una experiencia tan desagradable como es el perder todo, hay que
tratarlos de manera sutil. Por esta razón el Gobierno Nacional ha dedicado
parte a esta problemática fabricando viviendas en el Territorio Nacional, para
dar calma a los que se encuentran refugiados a en zonas de alto riesgo.
Para que estos espacios sean utilizados con la
autorización correspondiente se ha
creado una ley:
Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Espacial de
Refugios Dignos para proteger a la población en casos de Emergencias o
Desastres.
Gaceta Oficial 39.599 del 21 Enero 2011
Art. 2 Los refugios servirán como espacios dignos para la
vida y la convivencia en comunidad, y como sitios de protección de derechos,
cumplimiento de deberes y ejercicio pleno de ciudadanía por parte de todas las familias y personas
refugiadas, hasta tanto cese la situación de emergencia o desastre, y mientras
el Gobierno de la Republica Bolivariana de Venezuela garantiza el regreso
seguro de las familias a sus viviendas y comunidades de origen, o les procura
una nueva vivienda, en caso de riesgo vital o perdida irreparable de la misma.
Con esta ley queda
totalmente clara la protección que se le ha dado a los damnificados, a través
de los refugios y su recompensa por esperar que son las casas o viviendas
adjudicadas.
Pero no todo lo que brilla no es oro, ya que muchos damnificados o
refugiados están en desacuerdo como se han manejado el tema por parte de las autoridades,
ya que no han recibido respuestas de viviendas o alguna solución habitacional.
Tal es el caso de los habitantes que se
encuentran en la “Calle Los Hoteles”, “Hotel Vox” las cuales por atreverse a protestas fueron maltratados
y golpeados por la policía nacional, aseguran ser chavistas y de implorar al
Presidente de la Republica pero no obtener ninguna solución.
Patricia Román
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